Nuevas reglas para patinetas eléctricas en Colombia: edad, velocidad y normas de seguridad.
Nuevas reglas para patinetas eléctricas en Colombia: edad, velocidad y normas de seguridad.
El uso de patinetas eléctricas continúa en aumento en Colombia como una alternativa de transporte ágil y sostenible. Ante este crecimiento, el país cuenta desde 2025 con una regulación específica que define cómo deben utilizarse estos vehículos en espacios públicos.
La Ley 2486 de 2025 estableció por primera vez un marco normativo claro para los vehículos eléctricos livianos de uso personal, diferenciándolos de otros medios como las motocicletas. Bajo esta clasificación, los usuarios no están obligados a portar matrícula, licencia de conducción ni seguro obligatorio (Soat), siempre que el vehículo cumpla con ciertas características técnicas.
Entre las condiciones establecidas, se determina que las patinetas no deben superar los 1.000 vatios de potencia, además de respetar límites de peso y velocidad definidos por la normativa.
En cuanto a la edad, la ley fija que solo los mayores de 16 años pueden circular por vías públicas, mientras que los menores desde los 12 años podrán utilizar estos vehículos exclusivamente en ciclorrutas, una medida orientada a reducir riesgos y proteger a peatones.
