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“Las Debilidades del Sistema Penitenciario y Carcelario en Colombia”.

"Las Debilidades del Sistema Penitenciario y Carcelario en Colombia".
“Las Debilidades del Sistema Penitenciario y Carcelario en Colombia”.
Por: Rafael Enrique López Camargo – Abogado PHD (c) en Derecho.
 
En el desarrollo de las sociedades, la convivencia armoniosa no siempre es posible, ya que en ella aparecen comportamientos indebidos y peligrosos de personas que les cuesta adaptarse socialmente y atentan contra los bienes jurídicos de otras personas incluido el mas preciado: la vida. Para contrarrestar dichos actos se crea en la Edad media el Ius puniendi, dirigido a contener y sancionar dichas conductas con castigos que incluían la tortura el destierro, trabajos forzados, azotes y hasta la pena capital: la muerte, que aun se conserva en algunos países para delitos de suma gravedad como el narcotráfico y el homicidio. En el Siglo XVI la privación de la libertad en calabozos surgió como medida preventiva mientras se esperaba la decisión judicial del castigo que se debía aplicar, pero con el tiempo esta fue tornándose en lo común y corriente para corregir los yerros de las personas y buscar con ello su resocialización. Utópico ¿verdad?
 
En el Siglo XIX surgen los temidos panópticos en Colombia (panóptico nacional, de Ibagué y Tunja), como obra propuesta por J Benhtam, posteriormente las prisiones modernas y últimamente las cárceles de alta o máxima, media y mínima seguridad, todas con el propósito de readaptación social y resocialización. ¿Ha logrado el asilamiento de la familia y la sociedad una verdadera resocialización de sujetos infractores de leyes de un país? La respuesta la tiene la directora de la División de Operaciones de UNODC, Miwa Kato, cuando afirma que “En Colombia, la reincidencia delictiva es uno de los grandes problemas que aquejan al sistema penal y que preocupa a las autoridades del país andino”. El hacinamiento de la población carcelaria como otra falla estructural, supera el 53% según datos de la Defensoría del Pueblo si se tiene en cuenta que la capacidad de cupos carcelarios es de 81.139 y hasta febrero de 2026 se encontraban privadas de la libertad 118.000 personas; La sobre población desdibuja por completo el propósito resocializador, pues este aspecto absorbe los recursos dispuestos para ello. “El incremento de presos es inversamente proporcional al mejoramiento de las condiciones carcelarias” afirma “Ámbito Jurídico”.
 
En las penitenciarías la vigilancia y Control de los internos es ejercida por el INPEC, entidad adscrita al Ministerio de Justicia y del Derecho y su cuerpo de custodia cuenta con 6172 funcionarios, destinados uno por cada 20 internos, situación que ha facilitado la fuga de presos en los últimos dos años según la Defensoría del Pueblo, así como también el ingreso de elementos y sustancias prohibidas por parte de visitantes, algunas veces con la anuencia de la guardia, lo que permite a determinados internos seguir delinquiendo desde el interior de las cárceles.
 
Sendas sentencias de la Corte Constitucional como la T-153/98 con ponencia del magistrado Eduardo Cifuentes Muñoz, han declarado el Estado de Cosas Inconstitucionales en el sistema carcelario, lo que le permite a la Corporación hacer seguimiento a factores estructurales como el extremo hacinamiento, la atención en salud y la provisión de alimentos a los internos que no vulneren derechos humanos. En estos instrumentos la Corte insta al gobierno “a poner en marcha políticas públicas que estén construidas a partir de la eficacia y efectividad plena de los derechos fundamentales y hacerlo en un espacio de democracia participativa”. La Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito UNODC, ha establecido las “Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos” que los Estados deben implementar como políticas públicas en materia penitenciaria y carcelaria.
 
Prevenir el delito, en las calles con más oportunidades laborales y sociales para personas en estado de vulnerabilidad, y ofrecer una capacitación real y eficiente para el ejercicio profesional, es la mejor alternativa en un país con tanta violencia como Colombia, para solucionar la crisis del sistema carcelario y penitenciario, y en una relación de causalidad, atacar las causas y no las consecuencias de los actos.
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